Titular del documento de viaje de la Convención de 1951 emitido por un país de la UE


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Soy titular del documento de viaje de la Convención de la ONU de 1951 emitido por Malta, un país de la UE. He estado viajando por el área de Schengen durante muchos años. En una semana iré a Dinamarca por una semana y en agosto también viajaré a España por una semana, sin embargo, mi documento de viaje de la Convención vencerá a fines de octubre.

He investigado en línea y sé que, como ciudadano de la UE, está bien viajar a otro país Schengen, siempre y cuando el pasaporte siga siendo válido hasta el último día (no se aplica una regla de 3/6 meses). Sin embargo, no sé si esto también se aplica a un documento de viaje de la Convención emitido por un país de la UE.

¿Hay algún experto que pueda darme una respuesta definitiva, por favor?


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¿Quiere decir que su documento de viaje de 1951 caduca o que tiene un pasaporte que caduca?
Calchas

Para un refugiado, un documento de viaje de la Convención de 1951 = pasaporte. Por lo general, caduca después de un par de años y luego lo renuevo. Esta vez expira a finales de octubre de 2016.
eu_traveller

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Es un error combinar esos dos términos. Un documento de viaje de la ONU no es un pasaporte, incluso si lo usa como tal. Hay una diferencia técnica
Calchas

Claro. Sin embargo, esa no es mi pregunta.
eu_traveller

Sabemos exactamente cuáles son los documentos de viaje de la convención. Es por eso que recibió la advertencia de no confundirlo con un pasaporte.
Michael Hampton

Respuestas:


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La respuesta corta es, parece que estarás bien.

Es difícil demostrar lo contrario, porque hay pocos detalles sobre la validez de este documento en cualquier lugar.

Al buscar en los sitios web de la embajada de la UE y en los documentos legales de la UE, todos afirman reconocer el documento, pero pocos especifican qué validez se acepta en caso de que no necesite una visa. A Dinamarca, por ejemplo, solo le importa que seas residente legal de Malta, Italia lo considera equivalente a un pasaporte.

23. Los titulares de documentos de viaje válidos emitidos en virtud de la Convención de 28 de septiembre de 1954 sobre el estatuto de las personas apátridas, siempre que el documento de viaje haya sido emitido por uno de los Estados de la UE / Schengen

Los titulares de documentos de viaje válidos emitidos de conformidad con la Convención de 28 de septiembre de 1954 sobre el estatuto de las personas apátridas pueden ingresar a Dinamarca sin visa, siempre que el documento de viaje haya sido emitido por uno de los Estados de la UE / Schengen y que el titular sea residente legal del Estado de la UE / Schengen que emitió el documento de viaje.

Bélgica menciona que solo necesita ser válido.

Condición general: la declaración de identidad en posesión de un documento de viaje en curso de validez, conformidad con las normas [...], de la convención del 28 de julio de 1951 relativa al estatuto de los refugiados [...]. Los documentos de viaje no pueden contener una autorización de devolución ni una duración de validez suficiente.

De acuerdo con la Convención de 1951 , el documento de viaje garantiza su derecho a regresar al país emisor, en este caso Malta, durante todo el período de validez.

Párrafo 13
1. Cada Estado contratante se compromete a que el titular de un documento de viaje emitido por él de conformidad con el artículo 28 de la presente Convención será readmitido en su territorio en cualquier momento durante el período de su validez.

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