El ABC tiene una buena redacción en su blog.
Señalan que a pesar de las leyes, el sentido común siempre debe prevalecer, solo porque un automóvil tenga el derecho de paso, no significa que deba conducir hacia ese peatón que camina frente a él, y los peatones deben hacer todo lo que esté en su poder para no ser Una obstrucción al tráfico.
En lo que respecta al derecho de paso:
En general, los conductores están obligados por ley a dar paso a los peatones en las siguientes situaciones:
· En pasos de peatones y en zonas compartidas.
· Cuando el conductor entra o sale de la carretera. Por ejemplo: al entrar o salir de su camino de entrada en casa, debe dar paso a los peatones en el sendero.
· Cuando el conductor está girando hacia la izquierda o hacia la derecha en una intersección, el conductor debe ceder el paso a cualquier peatón en o cerca de la intersección que esté cruzando la carretera por la que ingresa el conductor. Esta disposición no parece aplicarse a las rotondas, perversamente.
· Cuando el conductor está haciendo un cambio de sentido.
· Al girar a la izquierda en una vía de acceso, el conductor debe ceder el paso a cualquier peatón en la vía de acceso.