¿Qué ciudadanía / lugar de nacimiento tendría un niño nacido en un avión?


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Ayer, una amiga mía que trabaja como una compradora (azafata jefe) ayudó a una mujer a entregar a su bebé durante un vuelo a Manila, Filipinas, mientras se encontraba sobre el océano :)

Sé que a las mujeres embarazadas después de su séptimo mes (en esta aerolínea en particular) no se les permite viajar en avión, pero de alguna manera logró estar a bordo (es su responsabilidad declarar eso). De todos modos, el bebé fue entregado de manera profesional como si fuera entregado en un hospital y está bien y saludable :)

Mi pregunta: ¿Cuál será el lugar de nacimiento para el bebé? ¿El país de origen o el país de destino del vuelo? ¿O en otro sitio? ¿Hay alguna regla relacionada con esta entrega?


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No es cierto que "las mujeres embarazadas del séptimo mes no pueden viajar en avión". Esto depende de cada aerolínea ... no hay leyes que cubran esto hasta donde yo sé. Y en la práctica, hay algunas aerolíneas que no tienen límite en esto y puede viajar en el noveno mes si lo desea.
JoelFan

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Parece poco probable que una aerolínea pueda negarse a dejar que una mujer embarazada viaje. En los Estados Unidos, al menos, podría considerarse una violación de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades. Creo que a lo sumo podrían aconsejar cortésmente en contra.
Kyralessa

Esta es una pregunta tan buena que no pude resistirme a participar. Como lugar de nacimiento, sugeriría ser "Océano Pacífico". Sería extraño poner coordenadas GPS :) ¡Felicidades por un bebé volador! Creo que con respecto a la nacionalidad del niño, depende mucho de las circunstancias de las leyes aplicables, a veces se aplicará más de una ley, a veces no se aplica ninguna. Pero la pregunta era: ¿Cuál sería el lugar?
ljgww

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@ Kyralessa, no estoy de acuerdo. Por razones de seguridad de los pasajeros, pueden hacer casi cualquier cosa. Estoy casi seguro de que las normas de seguridad de las aerolíneas superan a la ADA en grande.
JoelFan

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No estoy seguro de eso: tiene el permiso del propietario de la fotografía para compartirla, pero probablemente también necesite el permiso de cada persona que aparezca en ella.
Taladris

Respuestas:


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Según la Convención sobre la reducción de la apatridia de 1961 , artículo 3:

A los efectos de asignar la nacionalidad, el nacimiento en un barco o aeronave equivaldrá al nacimiento en el territorio del Estado que le da su bandera a ese barco o aeronave.

Sin embargo, solo unas 40 naciones (sin incluir los EE. UU.) Han ratificado esta convención, y en qué territorio se ha producido un nacimiento no es necesariamente lo que determina la ciudadanía.

Entonces, en realidad, es un gran desastre entre:

  • en qué país está registrado el avión
  • en qué país estaba volando el avión en el momento del nacimiento
  • la nacionalidad de la madre y el padre
  • si las leyes de estos países reclaman jurisdicción sobre los nacimientos en el aire
  • si las leyes de estos países se basan en el jus soli o el principio de jus sanguinis
  • si las leyes de estos países permiten la doble nacionalidad

En teoría, puede haber casos en los que ninguno de los países involucrados otorgaría la ciudadanía bebé, o donde dos (o incluso tres) le otorgarían la ciudadanía automática y exclusiva .

En la práctica, sospecho que en casi todos los casos, al menos uno de ellos otorgaría la ciudadanía, y depende de la madre a quién solicita, y hasta los burócratas lo difícil que es.

Una pregunta separada es qué dirá el "lugar de nacimiento" en el certificado de nacimiento. Sospecho que eso depende de la discreción de dichos burócratas, ya que tendrá poca importancia en la mayoría de los casos.


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Su rigor es tratar de reducir la cantidad de "desvíos médicos" en los que un avión tiene que aterrizar temprano para llevar a alguien para recibir atención médica. Dado que la mayoría de los trabajos duran mucho más que la mayoría de los vuelos, la entrega en el aire debe ser extraordinariamente rara
Kate Gregory el

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Y si el avión y el bebé estaban a punto de cruzar la frontera y cada uno tenía partes de su cuerpo a ambos lados de dos países en el momento del nacimiento, eso agregaría otra complejidad. Peor aún, si sucediera algo similar en un punto donde se encuentran tres o más países, será aún más complicado.
sawa

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@Andra, apuesto a que los problemas de ciudadanía no juegan ningún papel en las aerolíneas que rechazan a las embarazadas ... eso no afecta a la aerolínea en absoluto ... los problemas de desvío y responsabilidad son lo único que les importa
JoelFan

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@sawa, no hay forma de que eso entre en juego en un problema de la aerolínea, a menos que el vuelo volara directamente a lo largo de una frontera a propósito durante un período de tiempo significativo
JoelFan

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No es como tu publicación lo hace parecer. El texto real dice "A los efectos de determinar las obligaciones de los Estados contratantes en virtud del presente Convenio, se considerará que el nacimiento en un barco o en una aeronave tuvo lugar en el territorio del Estado cuya bandera ondea el barco o en el territorio de el Estado en el que está registrada la aeronave, según sea el caso ". Las "obligaciones de los Estados contratantes en virtud del presente Convenio" solo se refieren a las personas que de otro modo serían apátridas al nacer. Casi todas las personas nacidas en este mundo tienen alguna nacionalidad al nacer por jus sanguinis al menos.
user102008

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Convenientemente como siempre, Wikipedia tiene una página sobre Nacimiento a bordo de aviones y barcos .

La ley sobre el tema, a pesar de las disposiciones del Artículo 3 de la Convención sobre la reducción de la apatridia de 1961 , es compleja, porque varios estados aplican diferentes principios de nacionalidad, a saber, jus soli y jus sanguinis, en diferentes grados y con diferentes calificaciones.

En general:

De conformidad con la Convención de 1944 sobre Aviación Civil Internacional, artículos 17–21, todas las aeronaves tienen la nacionalidad del estado en el que están registradas, y pueden no tener múltiples nacionalidades. Para los nacimientos, se aplica la ley de la nacionalidad de la aeronave, y para los nacimientos que ocurren en vuelo mientras la aeronave no se encuentra dentro del territorio de ningún estado, es la única ley aplicable. Sin embargo, si la aeronave se encuentra o vuela sobre el territorio de otro estado, ese estado también puede tener jurisdicción concurrente, y el principio de locus in quo puede aplicarse a la posición exacta de la aeronave cuando ocurrió el nacimiento.

Todavía hay muy pocos Estados miembros que sean parte de la Convención de 1961. Además, todavía existen conflictos de leyes, en particular entre las leyes de los estados de América del Norte y del Sur, que típicamente se adhieren al principio de jus soli, y las leyes de los estados europeos, que generalmente se adhieren al principio de jus sanguinis.

La excepción de los Estados Unidos:

La ley de los Estados Unidos establece que las personas naturales nacidas en barcos extranjeros atracados en puertos de los Estados Unidos o nacidos dentro del límite de las aguas territoriales de los Estados Unidos son ciudadanos estadounidenses. Una excepción importante a esta regla es que los niños nacidos de personas que (de acuerdo con la Decimocuarta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos) no están "sujetos a la jurisdicción" de los Estados Unidos (por ejemplo, diplomáticos acreditados con el Departamento de Estado de los Estados Unidos) no son automáticamente ciudadanos estadounidenses. A pesar de una idea errónea común en sentido contrario, el nacimiento a bordo de un barco, avión o barco militar con bandera estadounidense fuera del límite de 12 millas náuticas (22,2 km / 13-13 / 16 millas cuadradas) no se considera un nacimiento en territorio estadounidense, y el principio de jus soli por lo tanto no se aplica.


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La ley aplicable en una aeronave es irrelevante para la determinación de la nacionalidad. La convención no dice que el nacimiento en un avión se trate igual que el nacimiento en el territorio del país. La ley de nacionalidad de cada país se aplica en todas partes.
user102008

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La Convención de 1961 rara vez es relevante, porque solo trata con personas que de otro modo serían apátridas al nacer, lo cual es extremadamente raro. Probablemente el 99.9% de las personas tendrían alguna nacionalidad de jus sanguinis, incluso sin un lugar de nacimiento.
user102008


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En principio, la ley del país de origen del transportista decide. Entonces, la respuesta primero depende realmente de la aerolínea. Luego hay factores complicados. Algunos países dictan su nacionalidad a la descendencia de sus nacionales, sin importar dónde nazcan. Otros países dicen que una vez que naces en suelo nativo eres, por definición, su ciudadano.

Entonces, la respuesta principal es que depende de la ley local del transportista.


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La ley de nacionalidad de cualquier país se aplica en todas partes. Quién es el nacional de un país es decidido únicamente por ese país. La ley del país del transportista no es diferente a la ley de cualquier otro país a este respecto.
user102008
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