¿Puedo traer cigarillos cubanos a los Estados Unidos?


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Yo, ciudadano alemán, voy a visitar los Estados Unidos como turista. Solía ​​fumar cigarrillos que se hicieron en Cuba, pero que compré en Alemania. ¿Puedo llevarlos conmigo a los Estados Unidos (con la intención de fumarlos allí, por supuesto)? Y si es así, ¿puedo traerlos como parte de mi equipaje de mano?

Lo último que supe fue que EE. UU. Tenía algún tipo de embargo a los productos cubanos, pero no estoy seguro de todas las complejidades y especificidades de esa regulación (si es que aún está en uso).


Las mismas marcas también se fabrican en República Dominicana. Así que encuentra esos. En realidad, los verdaderos son de RD cuando los productores se mudaron; el gobierno se hizo cargo de la etiqueta y continuó vendiéndolas también con el mismo nombre.
JDługosz

Respuestas:


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Aparentemente, solo puedes importarlos si los compraste en Cuba y llevarlos contigo.

Desde el sitio web de CBP :

¿Puedo importar o traer cigarros cubanos a los Estados Unidos para uso personal?

Las personas autorizadas para viajar a Cuba pueden comprar alcohol y productos de tabaco mientras estén en Cuba para consumo personal mientras estén allí. Los viajeros autorizados pueden regresar a los Estados Unidos con hasta $ 100 de alcohol o tabaco o una combinación de ambos. Los productos adquiridos en Cuba pueden estar en el equipaje acompañado, solo para uso personal.

La compra de cigarros de origen cubano y / o ron de origen cubano u otro alcohol de origen cubano a través de Internet o mientras está en un tercer país (es decir, no Cuba) sigue estando prohibida.

Esto también se aplica a los ciudadanos no estadounidenses que ingresan al país.

Una persona que no sea estadounidense (es decir, que no sea ciudadano o residente de EE. UU.) Que llegue a los Estados Unidos está autorizada a importar mercancías de origen cubano, que no sean tabaco y alcohol, como equipaje acompañado, siempre que la mercancía no esté en cantidades comerciales y no se importe para reventa . Ver 31 CFR § 515.569. Si la persona que no es de EE. UU. Llega a los Estados Unidos de un viaje que incluyó un viaje a Cuba, la persona también está autorizada a importar como equipaje acompañado productos de alcohol o tabaco comprados o adquiridos de otra manera en Cuba con un valor que no exceda los $ 100 por persona Usar unicamente. Ver 31 CFR § 515.560 (c) (3).

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