El artículo 5 o el Reglamento 261/2004 de la UE dice (mi énfasis):
- En caso de cancelación de un vuelo, los pasajeros interesados deberán:
a) se le ofrecerá asistencia de la compañía aérea operadora de conformidad con el artículo 8; y
(b) se le ofrecerá asistencia por parte de la compañía aérea operadora de acuerdo con el Artículo 9 (1) (a) y 9 (2), así como, en caso de cambio de ruta cuando la hora de salida del nuevo vuelo sea razonablemente esperada al menos el día después de la salida como estaba previsto para el vuelo cancelado, la asistencia especificada en el Artículo 9 (1) (b) y 9 (1) (c); y
(c) tener derecho a una compensación por parte de la compañía aérea operadora de conformidad con el Artículo 7, a menos que:
[...]
El Artículo 8 es la parte de la regulación que, entre otras cosas, le da derecho a un reembolso dentro de los 7 días si su vuelo fue cancelado y decide no pedirle a la aerolínea un cambio de ruta. El Artículo 5 implica claramente que debe obtener eso y la compensación (al menos si las condiciones para denegar la compensación no se aplican y, en particular, si la cancelación no se debe a "circunstancias extraordinarias" fuera del control de la aerolínea, que incluye huelgas y vuelos decisiones de control de tráfico).
Donde las cosas se ponen un poco complicadas es que la noción de que debería obtener una compensación por un retraso de tres horas no se encuentra en ninguna parte del reglamento. Originalmente, solo cubría vuelos cancelados, lo que haría que su pregunta fuera discutible.
La razón por la cual el sitio web de la UE dice lo contrario es que esto se ha extendido a vuelos demorados por más de tres horas por la jurisprudencia (y en particular los casos C ‑ 402/07 y C ‑ 432/07). La decisión en sí es la siguiente:
Los artículos 2, apartado 1, 5 y 6 del Reglamento (CE) no 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, que establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros en caso de denegación de embarque y de cancelación o larga la demora de los vuelos y la derogación del Reglamento (CEE) no 295/91, deben interpretarse en el sentido de que un vuelo retrasado, independientemente de la duración de la demora, incluso si es largo, no puede considerarse cancelado cuando el vuelo está operado de acuerdo con la planificación original de la compañía aérea.
Los artículos 5, 6 y 7 del Reglamento n. O 261/2004 deben interpretarse en el sentido de que los pasajeros cuyos vuelos se retrasen pueden ser tratados, a los efectos de la aplicación del derecho a indemnización, como pasajeros cuyos vuelos se cancelan y pueden confiar sobre el derecho a indemnización establecido en el artículo 7 del Reglamento cuando sufren, debido a un retraso en el vuelo, una pérdida de tiempo igual o superior a tres horas, es decir, cuando llegan a su destino final tres horas o más después de la hora de llegada originalmente programada por la compañía aérea. Sin embargo, dicho retraso no da derecho a los pasajeros a una compensación si la compañía aérea puede demostrar que el retraso fue causado por circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables,
El artículo 5, apartado 3, del Reglamento n. O 261/2004 debe interpretarse en el sentido de que un problema técnico en una aeronave que conduce a la cancelación o retraso de un vuelo no está cubierto por el concepto de «circunstancias extraordinarias» en el sentido de dicha disposición. , a menos que ese problema surja de eventos que, por su naturaleza u origen, no son inherentes al ejercicio normal de la actividad de la compañía aérea en cuestión y están fuera de su control real.
No estoy seguro de que deba confiar en mi interpretación de todo y ha habido un puñado de otras decisiones al respecto, pero el texto parece sugerir que no puede valerse del artículo 5 sino solo del artículo 7 ("a los fines de la solicitud del derecho a indemnización "). Todos los demandantes en el caso original completaron su viaje con la aerolínea (es decir, fueron redirigidos en lugar de reembolsados). En cualquier caso, debido a que esto no está explícitamente previsto en el reglamento, parecería que usted tendría motivos algo inestables para exigir una compensación.