¿Existe algún organismo regulador internacional que restrinja la edad que debe tener un menor hasta que se le permita viajar solo en un avión internacionalmente?
¿Hay alguna regla que pueda dictar que esta situación difiera en el caso de un vuelo sin escalas o un vuelo con escala?
Puede suponer que, tanto en el aeropuerto de salida como en el aeropuerto de llegada, habrá un individuo de confianza para recoger al menor y cuidarlo.
Solo significa que puede ser asistido por la aerolínea durante el vuelo, es decir, con o sin asistencia.
¿Hay alguna normativa internacional que rija este asunto? Si no, ¿cuáles serían las regulaciones relevantes que rigen los viajes entre la India y los Estados Unidos?