Respuestas:
Creo que el problema no se trata de si las personas ("personas") en el barco tienen visas o no. Si tienen o no visas es completamente irrelevante para cualquier cosa, excepto cuando pasan por la aduana para ver si lo dejan entrar. Toda la carga, el barco en sí y las personas a bordo, incluso si tienen pasaportes estadounidenses, deben registrarse en la aduana. .
Las embarcaciones que no han pasado la aduana generalmente siguen reglas estrictas. Varía según el país. Los barcos pueden atravesar mares que pertenecen a otro país para reducir su distancia de viaje, o esperar en un puerto si es necesario. Al ingresar a aguas extranjeras, y antes de pasar por la aduana, el barco generalmente vuela con la bandera de cuarentena amarilla y negra. Debe proceder directamente a un puerto de entrada para pasar la aduana, donde solo el capitán irá a tierra. Si tiene pasajeros que no pueden pasar la aduana, entonces probablemente se restringirá todo su bote y no se les permitirá a esos pasajeros ir a tierra (a menos que los entregue a la aduana como polizón). Después de registrarse, aún debe poder cargar y descargar otras personas y carga y comprar suministros incluso si su embarcación no está despejada. La aduana debe decirle lo que tiene permitido hacer.
Entonces, su pregunta es si un barco que no ha pasado la aduana puede fondear en aguas de un país extranjero. Bueno, la respuesta depende del país. Para los EE. UU., La respuesta es no, excepto para emergencias o según sea necesario para registrarse.
Para los EE. UU., Sin tener en cuenta las emergencias:
Hasta que haya salido de la aduana, no es legal anclar, amarrar a un muelle o amarrar a una boya a menos que esté allí para registrarse. .
Fuente: http://www.nwboatinfo.com/customs.html
Este sitio: http://boating.ncf.ca/usborder.html dice principalmente lo mismo.
La ley depende de las circunstancias. OP especifica yate y "velero" y "durante la noche". En esas circunstancias, esta es una práctica común y es parte del "paso inocente".
Una embarcación de vela que ancla durante la noche a 10 millas de la costa no es lo mismo que un crucero guiado de misiles que navega hacia la Bahía de Boston sin permiso.
Incluso llegar a un puerto confinado sin que todos tengan visas no necesariamente lo llevaría a aguas calientes. Se tienen en cuenta las circunstancias. Las leyes y costumbres del mar otorgan una prioridad muy alta a la seguridad y, en general, tienen mucho sentido común.
¿Está sujeto a la ley estadounidense dentro de las aguas territoriales estadounidenses? Claro, POR DEFINICIÓN, porque eso es lo que significa "aguas territoriales". ¿Todos a bordo tienen que tener una visa o equivalente para anclar durante la noche? Absolutamente no.
De lo anterior, estoy seguro. Iré más lejos, pero sin certeza. Incluso en los cruceros que llegan al puerto, no creo que las personas que no salen del barco tengan la obligación legal de tener una visa. También buques navales extranjeros en visitas de estado (o para emergencias): estoy bastante seguro de que lo mismo se aplica.
Una vez que la embarcación ingresa a las aguas territoriales de los EE. UU., Por cualquier motivo, la Aduana y Protección Fronteriza de los EE. UU. Debe ser notificada de inmediato y el buque está sujeto a inspección, junto con todos los que se encuentren a bordo. Tanto él como sus pasajeros deben cumplir con las leyes de los EE. UU., Incluida la inmigración, y aquellos que requieren aprobación previa antes de viajar a los Estados Unidos (ESTA, visa) deben haberlo hecho.
Requisitos de informes de embarcaciones de recreo
De conformidad con el 19 CFR 4.2, los operadores de pequeñas embarcaciones de recreo que llegan a los Estados Unidos desde un puerto o lugar extranjero para incluir cualquier embarcación que haya visitado una embarcación flotante o haya recibido mercancías fuera del mar territorial deben informar su llegada a CBP de inmediato. (ver 19 USC 1433).
El capitán de la embarcación informa su llegada a la instalación aduanera más cercana u otro lugar que el Secretario pueda prescribir por reglamento. Estos informes se rastrean en el sistema de informes de embarcaciones de recreo. De conformidad con 8 CFR 235.1, una solicitud para ingresar legalmente a los Estados Unidos debe hacerse en persona a un oficial de CBP en un puerto de entrada de los Estados Unidos cuando el puerto está abierto para inspección.
Los requisitos de información
CBP ha designado ubicaciones específicas de informes dentro de las oficinas de campo que cuentan con personal durante la temporada de navegación para que las embarcaciones de recreo informen su llegada y sean inspeccionadas por CBP. El capitán de la embarcación debe reportarse a CBP por teléfono y ser dirigido al Puerto de Entrada más cercano para cumplir con el requisito de cara a cara, o informar a la ubicación de notificación designada más cercana junto con los pasajeros de la embarcación para su inspección.
Excepciones a los informes cara a cara a CBP
Los Sistemas de Inspección Alternativa (AIS) satisfacen el requisito legal del operador de la embarcación de presentarse para la inspección cara a cara de acuerdo con 8 CFR 235.1, pero los navegantes aún deben llamar por teléfono a su llegada para cumplir con 19 USC 1433.
Existen cuatro excepciones a la inspección presencial en un lugar designado para la notificación, NEXUS, Permiso de aterrizaje de embarcaciones fronterizas canadienses (I-68), Estaciones de notificación de áreas periféricas (OARS) y el Sistema de notificación de embarcaciones pequeñas (SVRS) . La participación en cualquiera de los programas no excluye el requisito de un informe físico a solicitud de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU.
Cualquier embarcación de recreo pequeña que salga de un puerto de los Estados Unidos hacia aguas internacionales o extranjeras, sin una llamada en un puerto extranjero, no cumple con el requisito de salida extranjera. Por lo tanto, ciertos barcos pesqueros, cruceros a ninguna parte, o cualquier barco que parte de un puerto de los Estados Unidos y regresa sin llamar a un puerto o lugar extranjero, no ha salido de los Estados Unidos.
He estado en cruceros que atracarán específicamente en algún lugar, pero a ciertas personas no se les permite salir debido a la visa. Entonces, sí, un barco puede anclar sin una visa.