La única forma en que he visto a Travel Company A asumir la responsabilidad de Travel Company B es si A reservó B para usted (es decir, era parte de un paquete). Las líneas de cruceros, por ejemplo, reservarán excursiones en tierra para usted o puede reservar las suyas propias, pero con el entendimiento de que, si lo reserva usted mismo, estará en el anzuelo si pierde el barco (un poco demasiado simplificado por el bien de ejemplo). ) Como también mencionó Gerrit, a veces los tránsitos públicos en Europa también tendrán acuerdos de responsabilidad, pero solo en circunstancias limitadas (es decir, tienen una asociación con dicha compañía). Tales acuerdos son poco comunes.
Entonces, no, no puede obligar a una compañía de autobuses a asumir la responsabilidad de perder un vuelo. La única excepción aquí podría ser algo catastrófico (es decir, el autobús se voltea, se incendia, etc.). En ese caso, puede demandar por daños y perjuicios después del hecho y lanzar el vuelo perdido a ese número.