Algunas compañías aéreas alegan "circunstancias extraordinarias", por ejemplo, para negar la responsabilidad y eludir la compensación en virtud del considerando (14) del Reglamento (CE) no 261/2004 :
(14) Como en virtud del Convenio de Montreal, las obligaciones de las compañías aéreas operadoras deben limitarse o excluirse en los casos en que un evento haya sido causado por circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables. Tales circunstancias pueden, en particular, ocurrir en casos de inestabilidad política, condiciones meteorológicas incompatibles con la operación del vuelo en cuestión, riesgos de seguridad, deficiencias inesperadas de seguridad de vuelo y ataques que afectan la operación de una compañía aérea operadora.
¿Cómo pueden los pasajeros verificar de manera rentable si la aerolínea dice la verdad, sin y antes de una demanda? Hacerlo después de que la demanda parezca tonta. como:
los honorarios de un abogado pueden fácilmente superar la cuantía;
un juez no puede otorgar su citación / citación de testigo;
si supiera que la aerolínea fue sincera solo después de presentar el reclamo, entonces perdería y deberá pagar los costos legales (por ejemplo, en Canadá, Inglaterra y Gales);
la aerolínea puede falsificar sus registros sin que un laico lo sepa.