Mi respuesta será muy breve, y no se basará en ninguna experiencia de la escuela de derecho, sino solo en algunas conversaciones sobre privacidad y derecho extracontractual, etc. y cómo se aplican a los fotógrafos, con un tío que es abogado y primo en la escuela de derecho, y el hecho de que soy fotógrafo.
Mientras la persona que tomó la foto en el lugar público no obtenga ningún beneficio de la fotografía en sí misma en virtud de su presencia en la foto, o cometa injurias contra usted, entonces su privacidad no está siendo explotada por los demás ' no se te está haciendo daño ni ganancia. Entonces, en ese caso, no habría nada que pudieras hacerles.
El daño puede incluir daño intangible como el sufrimiento causado por saber que otros están mirando una fotografía indecente de alguien que amas.
"Por la sola virtud de su presencia" significa la persona sola que es el sujeto de la foto, en lugar del contexto de la fotografía. Es decir, el periódico me puede pagar por mi foto del ganador del encuentro de atletismo estatal y, por supuesto, esa foto consiste casi en su totalidad en la persona que ganó. Pero hay una razón editorial para la imagen, es decir, es una imagen "del ganador de la reunión estatal" en lugar de "una imagen de una persona que otra persona me está contratando para acechar en público".
Ser una celebridad es un contexto suficiente para que las personas usualmente puedan "acechar" a las celebridades en público legalmente, pero la mayoría de las otras personas no pueden ser acosadas en público sin que se interprete como acoso.
Lo siento, mi respuesta ahora es cada vez más larga ... solo mira el segundo párrafo, y eso es todo lo que quería decir.