Lamentablemente, la respuesta específica a su pregunta es "sí, la ley podría prohibir a los niños salir sin supervisión, pero depende del estado" . Creo que la sección de ley más aplicable a esta pregunta es "negligencia infantil", y en su mayor parte las definiciones de negligencia infantil se dejan a los estados. Existe una gran variedad en lo que se considera "negligencia" en varios estados.
A menudo hay leyes específicas que implican "dejar a los niños solos en casa", pero por lo general no tienen mucho que decir sobre dejar a los niños sin supervisión al aire libre. Por ejemplo, Maryland 5-801 establece que los niños menores de 8 años no se pueden dejar solos (confinados) bajo la supervisión de cualquier persona menor de 13 años. Tenga en cuenta que aunque este estatuto técnicamente no se aplica a los niños que se dejan "correr libremente", ciertamente no es es muy difícil imaginar que un juez estatal lo interprete como "en el espíritu de la ley".
Para seguir con Maryland nuevamente, esta es la definición de negligencia de 5-701
(s) "Negligencia" significa dejar a un niño desatendido u otra falta de cuidado y atención adecuados a un niño por parte de cualquier padre u otra persona que tenga cuidado o custodia permanente o temporal o la responsabilidad de la supervisión del niño bajo circunstancias que indiquen :
(1) que la salud o el bienestar del niño se ve perjudicado o se le pone en riesgo sustancial de daño;
Esta definición es un poco inespecífica, lo que podría causar problemas.
El departamento de salud y servicios humanos proporciona un resumen bastante agradable de las leyes estatales que se aplican a la negligencia (y muchos otros delitos contra los niños): https://www.childwelfare.gov/systemwide/laws_policies/statutes/define.pdf . Realmente abarcan toda la gama ya que un juez podría potencialmente aplicarlos a 'niños de corral':
Alaska
Cita de negligencia: Alaska Stat. § 47.17.290 'Negligencia' significa la incapacidad de la persona responsable del bienestar del niño de proporcionarle al niño los alimentos, el cuidado, la ropa, el refugio o la atención médica necesarios.
Sería un poco exagerado sacar algún tipo de problema de esto.
Arizona
Cita de negligencia: Rev. Stat. § 8-201
'Descuido' o 'descuidado' significa:
• La incapacidad o falta de voluntad de un padre, tutor o custodio de un niño para proporcionar a ese niño supervisión , comida, ropa, refugio o atención médica si esa incapacidad o falta de voluntad causa un riesgo irrazonable de daño a la salud o bienestar del niño.
(en negrita las partes que podrían ser problemáticas)
Minnesota
Cita de negligencia: Ann. Stat. § 626.556, subd. 2
No proporcionar la supervisión necesaria y adecuada o los arreglos de cuidado infantil para un niño después de considerar factores tales como la edad, la capacidad mental, la condición física, la duración de la ausencia o el entorno del niño, cuando el niño no puede atender sus propias necesidades básicas o seguridad, o las necesidades básicas o la seguridad de otro niño bajo su cuidado
En su mayoría, alguien estaría trabajando con la definición de 'seguridad' aquí, pero en su mayor parte esto es bastante razonable.
California
Cita de negligencia: Welf. & Inst. Código § 300
Un niño puede considerarse dependiente cuando:
• El niño ha sufrido, o existe un riesgo sustancial de sufrir daños físicos o enfermedades graves como resultado de:
»La falla o incapacidad del padre o tutor para supervisar o proteger adecuadamente al niño
Esto ... podría extenderse a algo problemático. Similar a Maryland en algunos aspectos.
Colorado
Como mencionó específicamente a Colorado, señalaré que la definición de negligencia allí es enloquecedoramente flexible.
Cita de negligencia: Rev. Stat. §§ 19-1-103; 19-3-102
El término "abuso o negligencia infantil" incluye cualquier caso en el que un niño necesita servicios porque el padre del niño no ha proporcionado la comida, ropa, vivienda, atención médica o supervisión adecuada que un padre prudente tomaría . Un niño es 'descuidado' o 'dependiente' si:
• El niño carece del cuidado parental adecuado a través de las acciones u omisiones del padre, tutor o tutor legal.
• El entorno del niño es perjudicial para su bienestar.
• El padre, tutor o tutor legal falla o se niega a proporcionarle al niño la subsistencia, educación, atención médica o cualquier otra atención necesaria o adecuada.
(He editado las citas del pdf vinculado anteriormente solo para eliminar definiciones irrelevantes para la discusión ... pero tenga en cuenta que todas han sido editadas y no deben representarse como resúmenes autorizados de los estatutos referenciados)