Cable con revestimiento no metálico
La respuesta
De acuerdo con el Código Eléctrico Nacional, puede tener 4 12/2 cables no metálicos forrados a través de un solo orificio perforado que se puede apagar con el fuego o con corriente de aire usando aislante térmico, masilla o espuma de sellado, o donde no se mantiene el espacio adecuado por más 24 pulg. Si mantiene el espacio adecuado entre los cables (definido por los fabricantes de cables individuales) donde no pasa a través de las vigas, puede atascar tantos cables como desee (sin dañar los cables) a través de un orificio perforado (que no es fuego). proyecto de parada con aislamiento térmico, masilla o espuma de sellado).
La obra
El Artículo 334.80 le dice que puede usar la columna de 90 ° C de la Tabla 310.15 (B) (16) para la reducción, pero el valor final no debe exceder la columna de 60 ° C. Si observa la Tabla 310.15 (B) (16), encontrará que el cable de cobre de 12 AWG tiene una capacidad nominal de 30 amperios a 90 ° C y 20 amperios a 60 ° C.
La Tabla 310.15 (B) (3) (a) le indica que con 7-9 conductores portadores de corriente, tendrá que reducir la ampacidad en un 70%. Así que con la información de la Tabla 310.15 (B) (16) y la Tabla 310.15 (B) (3) (a). La matemática es bastante simple.
4-6 conductores portadores de corriente
30 amperes * 80% = 24 amperes
7-9 conductores portadores de corriente
30 amperes * 70% = 21 amperes
10-20 conductores portadores de corriente
30 amperes * 50% = 15 amperes
Lo que muestra que puede tener entre 7 y 9 conductores portadores de corriente a través del orificio perforado, antes de que los cables se reduzcan a menos de 20 amperios (de la Tabla 310.15 (B) (16) columna de 60 ° C). Como cada cable 12/2 tiene 2 conductores de corriente, puede imaginar que solo 4 cables pueden pasar a través del orificio perforado ( 2 * 4 = 8
).
El codex
Código Eléctrico Nacional 2014
Artículo 334 Cable con cubierta no metálica: tipos NM, NMC y NMS
II. Instalación
334.80 Ampacidad. La ampacidad de los cables de los Tipos NM, NMC y NMS se determinará de acuerdo con 310.15. La ampacidad debe estar de acuerdo con la temperatura nominal del conductor de 60 ° C (140 ° F). La clasificación de 90 ° C (194 ° F) debe permitirse para fines de reducción de la capacidad, siempre que la ampacidad de reducción final no exceda la de un conductor con una calificación de 60 ° C (140 ° F). La ampacidad de los cables de los Tipos NM, NMC y NMS instalados en la bandeja de cables se determinará de acuerdo con 392.11.
Donde se instalan más de dos cables NM que contienen dos o más conductores que llevan corriente, sin mantener el espacio entre los mismos, a través de la misma abertura en el armazón de madera que se debe apagar o sellar con aislamiento térmico, masilla o espuma de sellado , la ampacidad permitida de cada conductor se ajustará de acuerdo con la Tabla 310.15 (B) (3) (a) y las disposiciones de 310.15 (A) (2), Excepción, no se aplicarán.
Cuando se instalen más de dos cables NM que contienen dos o más conductores de corriente en contacto con aislamiento térmico sin mantener el espacio entre los cables, la ampacidad permitida de cada conductor se ajustará de acuerdo con la Tabla 310.15 (B) (3) (a) .
Artículo 310 Conductores para cableado general
310.15 Ampacidades para conductores clasificados 0–2000 voltios.
(B) Tablas.
(3) Factores de ajuste.
(a) Más de tres conductores de corriente en un canal o cable. Donde el número de conductores que llevan corriente en una pista o cable supera los tres, o donde se instalan conductores únicos o cables multiconductores sin mantener la separación para una longitud continua de más de 600 mm (24 pulg.) Y no se instalan en pistas, el sistema permite la ampacidad de cada conductor se reducirá como se muestra en la Tabla 310.15 (B) (3) (a). Cada conductor portador de corriente de un conjunto de conductores en paralelo debe contarse como un conductor portador de corriente.
Cuando se instalen conductores de diferentes sistemas, según lo dispuesto en 300.3, en un conducto o cable común, los factores de ajuste que se muestran en la Tabla 310.15 (B) (3) (a) se aplicarán solo al número de conductores de alimentación e iluminación (Artículos 210 , 215, 220 y 230).