Eso es porque eso no está en el código. Se supone que las entradas (excepto las puertas de los vehículos) tienen una salida de luz, no un receptáculo. Alguien esta confundido.
Aquí están los fragmentos de código relevantes:
210.52 (E) Salidas al aire libre. Los tomacorrientes exteriores deben instalarse de acuerdo con 210.2 (E) (1) a (E) (3). [He dejado fuera 2 y 3 por brevedad]
Nota informativa: Ver 210.8 (A) (3).
(1) Viviendas unifamiliares y bifamiliares. Para una vivienda unifamiliar y cada unidad de una vivienda de dos familias que está al nivel de grado, al menos una salida de receptáculo fácilmente accesible desde el grado y no más de 2.0 m (6 1/2 pies) por encima del nivel del grado instalado en la parte delantera y trasera de la vivienda.
y
210.63 Salida de equipos de calefacción, aire acondicionado y refrigeración. Se debe instalar una toma de corriente de 125 voltios, monofásica, de 15 o 20 amperios en un lugar accesible para el mantenimiento de equipos de calefacción, aire acondicionado y refrigeración. El receptáculo debe ubicarse en el mismo nivel y a menos de 7,5 m (25 pies) del equipo de calefacción, aire acondicionado y refrigeración. La salida del receptáculo no debe conectarse al lado de carga de los medios de desconexión del equipo.
El lenguaje de iluminación está aquí:
210.70 (A) (2) (b) Para unidades de vivienda, garajes adjuntos y garajes separados con energía eléctrica, se debe instalar al menos un tomacorriente de iluminación controlado por interruptor de pared para proporcionar iluminación en el lado exterior de las entradas o salidas exteriores con grado nivel de acceso. La puerta de un vehículo en un garaje no debe considerarse como una entrada o salida al aire libre.
La configuración de su receptáculo está bien por el Código.