¿Cuáles son las reglas o regulaciones de su país para los colores de reflectores o luces?


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Muchos países tienen reglas o regulaciones que especifican de qué color deben ser sus luces (faros o luces traseras) o reflectores. ¿Qué son?

En su respuesta, tenga en cuenta el país (y el estado, si corresponde) y enlace a las regulaciones si es posible.

Relacionado: cinta reflectante en lugar de reflector trasero (Queensland, Australia)


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@nhinkle Se vuelve un poco más complicado. En Ontario no solo se requiere que tengamos un reflector delantero y trasero, sino que también tengamos cinta reflectante blanca en los costados de las horquillas, así como cinta reflectante roja en los soportes de los asientos. Esto se suma a la luz roja trasera / reflector y la luz blanca delantera / reflector
Kibbee

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Tenga en cuenta que puede haber una diferencia entre lo que se requiere y lo que se permite . Si uno puede cubrir la bicicleta con tubos de neón intermitentes no es una cuestión de "requisitos", sino de lo que permite la ley.
Daniel R Hicks

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Y tenga en cuenta que las reglas de la CPSC en los EE. UU. Solo establecen lo que debe estar presente en una bicicleta estándar en el momento de la venta, no lo que realmente se puede requerir en la bicicleta si se conduce en la carretera por la noche. Los requisitos legales reales para conducir están en las leyes estatales individuales.
Daniel R Hicks

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Supongo que también debe hacerse la pregunta del corolario: ¿qué no es legal en una bicicleta? ¿Alguien ve valor en eso para un tema separado?
Criggie

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@Criggie: no legal podría ser demasiado amplio.
Batman

Respuestas:


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Nueva Zelanda

Requisitos legales para su bicicleta:

  • Frenos en las ruedas delanteras y traseras (solo en la parte trasera si se hizo antes del 1 de enero de 1988).
  • Un reflector trasero visible desde 100 metros cuando la luz brilla sobre él.
  • Si desea montar su bicicleta en la carretera durante las horas de oscuridad, debe tener:
    • uno o dos faros blancos o ámbar que se pueden ver desde una distancia de 100 metros (uno de estos faros puede parpadear)
    • una o más luces rojas orientadas hacia atrás que se pueden ver desde una distancia de 100 metros (esto puede ser constante o intermitente), y
    • retroreflectores de pedal en las superficies orientadas hacia adelante y hacia atrás de cada pedal (o si la bicicleta no los tiene, el ciclista debe llevar material reflectante).

tus responsabilidades

Depende de usted (el jinete):

  • asegúrese de que su ciclo esté equipado con frenos, luces y reflectores que cumplan con la ley
  • usa tu casco de bicicleta
  • Sigue las reglas de la carretera.

Si no lo hace, podría obtener una multa por infracción o ser llevado a los tribunales.


¿Cuáles son las "horas de oscuridad"?

Legalmente, "horas de oscuridad" significa:

  • cualquier período de tiempo entre media hora después del atardecer en un día y media hora antes del amanecer del día siguiente, o
  • cualquier otro momento en que no haya suficiente luz natural para que una persona o vehículo sea claramente visible a una distancia de 100 metros.

Eso es todo de la "hoja informativa" accesible http://www.nzta.govt.nz/assets/resources/factsheets/01/docs/01-cycles.pdf con fecha de febrero de 2014.

Tenga en cuenta que la responsabilidad recae en el conductor de la bicicleta para asegurarse de que sea legal, no del propietario, si eso fuera diferente.


Interesante: "Tenga en cuenta que si un oficial de policía lo detiene y le pide que inspeccione su casco, debe dárselo".
Criggie

Interesante: "Donde hay un carril bici, puede andar en el carril bici o en el camino. Donde no hay un carril bici, debe andar en el camino y mantenerse lo más a la izquierda posible de manera segura. Si está específicamente prohibido por un señal de andar en la carretera, debe andar en cualquier ciclovía proporcionada o utilizar una carretera alternativa ".
Criggie

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Interesante: "Solo puede andar por el sendero si está entregando periódicos, correo o folletos". Creo que esto se aplica a los adultos, y hay disposiciones en otros lugares para ciclistas menores de 12 años y que tienen un tamaño de rueda no mayor a 16 ".
Criggie

Interesante "Puede usar un carril de autobús, siempre que no haya señales o marcas viales que lo
prohíban

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Japón: luces y reflectores

Sorprendentemente, los requisitos de Japón para el equipo de seguridad son muy laxos y solo requieren la instalación de un freno y una campana para el uso diurno. Según este resumen , las bicicletas en Japón deben tener una luz delantera y un solo reflector trasero solo cuando se operan de noche o en túneles oscuros. Los reflectores delanteros, los reflectores de pedal y los reflectores de rueda son completamente opcionales.

El requisito de luz me parece vago y requiere a alguien con mejores habilidades en el idioma japonés, pero parece que no es necesario instalar faros o luces traseras en la bicicleta. Mientras haya una luz (un faro, por ejemplo, o un LED rojo en la parte posterior) que brille por la noche, está bien:

ラ イ ト (前照灯 ・ 尾灯) は 装備 義務 が な い

夜間 、 し し の し し す す す す す す す す す.は 法律 に 定 め ら れ て い な い. そ の た め, 適 切 に 点灯 す る こ と が で き る の で あ れ ば, 例 え ば 前照灯 に は ヘ ッ ド ラ イ ト を 用 い, 尾灯 に は リ ュ ッ ク 等 に 付 け た 赤色 LED 灯 を 用 い る な ど し て も,法律 上 は 差 し 支 え な い。

Sin embargo, debe tener un reflector de cola naranja o rojo en la noche que sea visible si un automóvil le ilumina con sus luces altas a 100 metros de distancia:

反射 器材 の 基準

反射 器材 は 、 次 の 基準 を 満 た す も の で な け れ ば な ら な い。

: : 夜間 、 後方 100m か ら 自動 車 の 前照灯 (ハ イ ビ ー ム) で 照 ら し 、 反射 光 を 容易 に 確認 で き る こ と

色 : 橙色 ま た は 赤色


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EE. UU. (CPSC) para reflectores (en el punto de venta):

La CPSC tal como está codificada en las Regulaciones Federales (§1512.16) dice que la bicicleta debe tener reflectores en el punto de venta (cuando la bicicleta se vende como nueva):

(a) Reflectores delanteros, traseros y de pedal. Debe haber un reflector frontal esencialmente incoloro, reflectores de pedal esencialmente incoloros o ámbar, y un reflector rojo orientado hacia atrás.

(b) Reflectores laterales. Deberá haber paredes laterales de los neumáticos retrorreflectantes o, alternativamente, reflectores montados en los radios de cada rueda, o, para bicicletas de freno de llanta sin pinza, llantas retroreflectantes. El centro de los reflectores montados en radios debe estar dentro de los 76 mm (3.0 pulg.) Del interior de la llanta. Los dispositivos reflectantes laterales deberán ser visibles a cada lado de la rueda.

(c) Reflector frontal. El reflector o la montura no deben entrar en contacto con el plano de tierra cuando la bicicleta descansa sobre ese plano en cualquier orientación. El eje óptico del reflector se debe dirigir hacia adelante dentro de los 5 ° de la alineación horizontal-vertical de la bicicleta cuando las ruedas se mueven en línea recta, como se define en §1512.18 (m) (2). Los reflectores y / o las monturas deben incorporar un método de ensamblaje distinto y preferido que asegure que el reflector cumpla con los requisitos ópticos de este párrafo (c) cuando el reflector esté conectado a la bicicleta. El reflector frontal se probará de acuerdo con la prueba de montaje y alineación del reflector, §1512.18 (m).

(d) Reflector trasero. El reflector o la montura no deben entrar en contacto con el plano de tierra cuando la bicicleta descansa sobre ese plano en cualquier orientación. El reflector se debe montar de manera tal que quede en la parte trasera del mástil del asiento con la parte superior del reflector al menos 76 mm (3,0 pulgadas) debajo del punto en la superficie del asiento que se cruza con la línea del poste del asiento. El eje óptico del reflector se debe dirigir hacia atrás dentro de los 5 ° de la alineación horizontal-vertical de la bicicleta cuando las ruedas se mueven en línea recta, como se define en §1512.18 (m) (2). Los reflectores y / o montajes deberán incorporar un método de ensamblaje distinto y preferido que asegure que el reflector cumpla con los requisitos ópticos de este párrafo (d) cuando el reflector esté conectado a la bicicleta.

(e) Reflectores de pedal. Cada pedal tendrá reflectores ubicados en las superficies delantera y trasera del pedal. Los elementos reflectores pueden ser integrales con la construcción del pedal o estar unidos mecánicamente, pero deben estar suficientemente empotrados desde el borde del pedal o de la carcasa del reflector, para evitar el contacto del elemento reflector con una superficie plana en contacto con El borde del pedal.

(f) Reflectores laterales. Los reflectores fijados a los radios de la rueda se montarán planos sobre los radios o dentro de la caja de radios de manera que el ángulo entre el eje óptico y el normal al plano de la rueda no exceda el ángulo de los radios con el plano de la rueda. . Los reflectores no interferirán con ningún ajuste de la rueda. Los dispositivos reflectores montados lateralmente serán esencialmente incoloros o ámbar en la rueda delantera y esencialmente incoloros o rojos en la rueda trasera.

(g) Pruebas de reflector. Los reflectores de pedal, de montaje frontal, de montaje trasero y de montaje lateral se probarán de acuerdo con la prueba del reflector, §1512.18 (n), para asegurar los valores de reflectancia en los ángulos dados en las tablas 1 y 2.

(h) Paredes laterales de neumáticos retrorreflectantes. Cuando se utilizan paredes laterales de neumáticos retrorreflectantes en lugar de reflectores montados en radios, el material reflectante debe cumplir los siguientes requisitos:

(1) El material retrorreflectante formará un círculo continuo en la pared lateral.

(2) El material retrorreflectante se adherirá al neumático de manera que después de que el neumático haya sido sometido a una temperatura de 50 ° ± 3 ° C (122 ° ± 5.4 ° F) durante 30 minutos, el material retrorreflectante no se pueda despegar ni raspar sin quitar el material del neumático.

(3) El material retrorreflectante debe ser tan resistente a la abrasión como el material adyacente de la pared lateral, de modo que cuando el material retrorreflectante se retire del neumático inflado por abrasión con un cepillo de cerdas de acero húmedo, el material del neumático se eliminará junto con el material retrorreflectante.

(4) El material retrorreflectante se someterá a prueba de rendimiento de acuerdo con la prueba de neumático retrorreflectante, §1512.18 (o), para asegurar las propiedades de reflectancia sobre los ángulos dados en la tabla 3. Cuando se selecciona una parte del material retrorreflectante (y el el resto está enmascarado como se especifica en §1512.18 (o) (2) (i)), la porción seleccionada no debe entrar en contacto con el plano de tierra cuando la bicicleta ensamblada descansa sobre ese plano en cualquier orientación.

(i) Llantas retrorreflectantes. Cuando se utilizan llantas retrorreflectantes en lugar de reflectores montados en radios o paredes laterales de neumáticos retrorreflectantes, el material reflectante debe cumplir los siguientes requisitos:

(1) El material retrorreflectante formará un círculo continuo en el borde.

(2) Si el material retrorreflectante se aplica al borde en forma de cinta autoadhesiva, se debe cumplir el siguiente requisito: Use un cuchillo afilado, una cuchilla de afeitar o un instrumento similar para liberar con cuidado un extremo del material de la cinta suficiente para ser agarrado entre el pulgar y el dedo. Sujete el extremo de la cinta liberada y tire gradualmente en una dirección de 90 ° hacia el plano del borde. El material de la cinta debe romperse antes de que se observe una separación adicional (desprendimiento) del borde.

(3) Después de que el material retrorreflectante se desgasta de acuerdo con la prueba de abrasión para llantas retrorreflectantes en §1512.18 (r), se debe probar el rendimiento de la llanta de acuerdo con la prueba de neumático y llanta retroreflectante en §1512.18 (o), para Asegure las propiedades de reflectancia sobre los ángulos dados en la tabla 3.

[43 FR 60034, 22 de diciembre de 1978, enmendado en 45 FR 82627, 82628, 16 de diciembre de 1980]

Imagen del sitio web de la CPSC

Como señalan Daniel Hicks y Punctual Emoticon, la normativa CPSC / Federal es para bicicletas que están a la venta. Cada estado individual tiene reglas que rigen las bicicletas que están en la carretera. Estas deberían ser respuestas separadas.


Notaré que la cláusula críptica "no entrará en contacto con el plano de tierra" para los reflectores delanteros / traseros significa que si coloca la bicicleta o la pone boca abajo, el reflector no debe entrar en contacto con el suelo (lo que hace que estar doblado o roto).
Daniel R Hicks

Eh, he tenido muchas bicicletas con reflectores traseros en los soportes del asiento que se doblarían si la bicicleta estuviera tendida. Supongo que no cumplieron.
RoboKaren

Si notas dónde está el reflector trasero en la imagen de arriba, eso es típico de las bicicletas que veo. Supongo que a veces se agrega un reflector sujetándolo al soporte del asiento, pero eso no es estándar.
Daniel R Hicks

1
Esto es para fabricantes y vendedores de bicicletas, no para ciclistas, ¿correcto?
PunctualEmoticon

1
@PunctualEmoticon: las reglas anteriores definen básicamente lo que se puede transportar en el "comercio interestatal" con el fin de vender nuevos. Las reglas de la CPSC dejan de aplicarse tan pronto como se compre la bicicleta (pero la mayoría de los estados incluirán casi lo mismo en sus reglas).
Daniel R Hicks

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Luxemburgo: accesorios necesarios en bicicleta

  1. Las bicicletas deben estar equipadas con una luz delantera de al menos tres vatios. Sin embargo, las bicicletas de montaña pueden equiparse con reflectores blancos o rojos cuando se viaja durante el día y en buenas condiciones climáticas.
  2. Una campana, que se puede escuchar a una distancia de al menos 50 metros.
  3. Frenos delanteros y traseros unidos al manillar izquierdo y derecho. Estos frenos deben funcionar independientemente uno del otro y deben ser operados por el conductor de la bicicleta. Si usa los frenos de la montaña rusa, en lugar de los frenos de bicicleta habituales, además del freno de la montaña rusa, también debe estar disponible otra palanca de freno que debe estar unida al manillar.
  4. Reflectores amarillos en los radios o ruedas de la bicicleta.
  5. Reflectores en los pedales. Si está usando una bicicleta de carreras donde no puede colocar reflectores en los pedales, deben estar unidos a la parte posterior del calzado.
  6. Reflector rojo en la parte trasera de la bicicleta.
  7. Una luz de fondo. Las bicicletas deben tener una luz trasera roja que funcione. Para las bicicletas de montaña, se aplica la misma excepción que para la luz delantera.
  8. Una tira reflectante amarilla, de tres cm de ancho y 10 cm de largo en la parte trasera de la bicicleta.

Algunas de estas reglas pueden ignorarse para las bicicletas de carretera, ya que los espacios adecuados no están disponibles, pero la policía puede optar por multarlo si encuentra que su bicicleta no cumple con los estándares requeridos

Fuentes:


Interesante sobre los requisitos de potencia de luz delantera. 3 vatios es bastante brillante para un LED, no así para incandescente. E interesante con respecto a los frenos, ¿entonces los frenos de montaña son ilegales? ¿Y las palancas de doble freno que permiten que una palanca controle dos frenos con una mano (para personas discapacitadas, por ejemplo) también son ilegales?
RoboKaren

La ley establece que requiere dos frenos, en lo que respecta a los frenos de montaña, esa es una buena pregunta, solo el artículo del periódico (de propiedad estatal) habla de asegurarse de que estén en el manillar, de lo contrario solo indica que necesita dos. Así que supongo que podría tener un freno de montaña con una palanca de freno separada para hacer también el frente, eso sería legal. Sin embargo, estas reglas se aplican muy raramente y necesitan ser actualizadas seriamente, son un poco arcaicas en estos días
Draken

1
Lo encontré, está bajo el artículo 32 del código de la ruta. Establece: Deux freins indépendants, fixes soit à gauche et à droite du guidon, à activer manuellement ou d'un frein manuel au guidon assorti d'un deviceif à rétropédalage Que dice que los posavasos están bien, siempre que haya también un segundo palanca de freno en el manillar. Pero sí dice que tiene que haber dos frenos en una bicicleta. He actualizado mi respuesta para reflejar eso
Draken,

2
@RoboKaren En Alemania, la normativa vial también establecía 3 vatios. Las regulaciones se escribieron en algún momento de la década de 1970 antes de que alguien soñara con luces LED (¡o incluso bombillas halógenas!), Por lo que era solo una forma estándar de expresar el brillo, y básicamente nadie se molestó en cambiar la redacción (en Alemania finalmente se cambió un Hace unos años, 2014 creo). En general, se entendió que "3W" significa una luz adecuada con un brillo equivalente a una bombilla incandescente de 3W, al igual que en las bombillas domésticas de ahorro de energía, a menudo también se encuentra "bombilla de 15W - equivalente a 60W" o algo así en el paquete.
Stephan Matthiesen

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Estados Unidos - Minnesota

Estatutos de Minnesota sección 169.222 OPERACIÓN DE BICICLETA

Subd. 6.Equipo de bicicleta.

(a) Ninguna persona deberá operar una bicicleta por la noche a menos que la bicicleta o su operador estén equipados con (1) una lámpara que emita una luz blanca visible desde una distancia de al menos 500 pies hacia el frente; y (2) un reflector rojo de un tipo aprobado por el Departamento de Seguridad Pública que es visible desde todas las distancias de 100 pies a 600 pies hacia atrás cuando está directamente frente a los haces de faros inferiores legales de un vehículo de motor. Se considera que una bicicleta equipada con luces que son visibles desde una distancia de al menos 500 pies de la parte delantera y trasera cumple totalmente con este párrafo.

(b) Ninguna persona puede operar una bicicleta en cualquier momento cuando no haya suficiente luz para que las personas y los vehículos en la carretera sean claramente discernibles a una distancia de 500 pies por delante a menos que la bicicleta o su operador estén equipados con superficies reflectantes que sean visibles durante las horas de oscuridad desde 600 pies cuando se ve frente a los haces de faros inferiores legales de un vehículo de motor. Las superficies reflectantes deben incluir materiales reflectantes a cada lado de cada pedal para indicar su presencia desde la parte delantera o trasera y con un mínimo de 20 pulgadas cuadradas de material reflectante a cada lado de la bicicleta o su operador.

(c) Una bicicleta puede estar equipada con una luz delantera que emite una señal blanca intermitente, o una luz trasera que emite una señal roja intermitente, o ambas.

...

Subd. 7.Venta con reflectores y otros equipos.

(a) Ninguna persona deberá vender u ofrecer a la venta una bicicleta nueva a menos que esté equipada con reflectores y otro equipo según lo requerido por la subdivisión 6, párrafos (b) y (e) y por las regulaciones aplicables para bicicletas nuevas prescritas por el Consumidor de los Estados Unidos Comisión de Seguridad del Producto.

(b) No obstante el párrafo (a), una bicicleta nueva se puede vender u ofrecer a la venta sin pedales si la bicicleta cumple con los requisitos del párrafo (a).


Es interesante que MN no requiera que la luz delantera sea visible desde los lados, como la República Popular de California.
RoboKaren

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Polonia

bicicleta: un vehículo de hasta 0.9 m de ancho, hasta 4.0 m de largo, impulsado por los músculos del conductor; la bicicleta puede equiparse con un suministro de voltaje de accionamiento eléctrico auxiliar de pedal activado por presión de voltaje no superior a 48 V con una potencia continua nominal de 250 W, la potencia de salida disminuye gradualmente y cae a cero a velocidades superiores a 25 km / h; "carro de bicicleta": igual que el anterior, con un ancho de más de 0,9 m

la bicicleta debe estar equipada con:

  • al menos una luz delantera, blanca o amarilla, intermitente o continua,
  • al menos un reflector pasivo rojo trasero, que no tiene forma de triángulo
  • al menos una luz roja trasera, intermitente o continua

Todas estas luces deben montarse a no menos de 250 mm y no más de 1500 mm por encima del suelo. Reflector pasivo, iluminado con la luz de carretera de otro vehículo, y todas las luces deben ser visibles por la noche con buena claridad del aire desde una distancia de al menos 150 m. Excepto el reflector pasivo rojo trasero, todas las luces se pueden desmontar cuando no sea necesario (por ejemplo, durante el día)

  • los indicadores de giro, cuando la construcción de la bicicleta hace imposible indicar el giro con la mano

Lista del resto de equipos obligatorios:

  • campana u otra señal de advertencia de sonido no agudo
  • al menos un freno efectivo

Equipamiento opcional

  • frontal, blanco, reflector pasivo,
  • reflectores pasivos amarillos en los pedales
  • reflectores pasivos amarillos en las superficies laterales de las ruedas con la condición de que en cada lado del vehículo se vean al menos dos luces: al menos una, ubicada en la rueda del eje delantero y en el eje de la rueda trasera,
  • anillo continuo en forma de tira reflectante en ambos lados del neumático o elementos reflectantes en forma de anillo continuo colocado en las superficies laterales de las ruedas del vehículo.

Fuente: reglamento oficial , extracto con comentario


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Estados Unidos - California: luces y reflectores

El código legal de carreteras en California es el siguiente:

(d) Una bicicleta operada durante la oscuridad en una carretera, una acera donde la jurisdicción local no prohíbe el funcionamiento de la bicicleta, o una ciclovía, como se define en la Sección 890.4 del Código de Calles y Carreteras, deberá estar equipada con todo lo siguiente: (1) Una lámpara que emite una luz blanca que, mientras la bicicleta está en movimiento, ilumina la carretera, la acera o el carril para bicicletas frente al ciclista y es visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los costados de la bicicleta. (2) Un reflector rojo o una luz roja sólida o intermitente con un reflector incorporado en la parte trasera que será visible desde una distancia de 500 pies hacia la parte trasera cuando esté directamente frente a los haces superiores de los faros de un vehículo de motor. (3) Un reflector blanco o amarillo en cada pedal, zapato, o tobillo visible desde la parte delantera y trasera de la bicicleta desde una distancia de 200 pies. (4) Un reflector blanco o amarillo en cada lado hacia adelante del centro de la bicicleta, y un reflector blanco o rojo en cada lado hacia la parte trasera del centro de la bicicleta, excepto las bicicletas que están equipadas con neumáticos reflectores en la parte delantera. y la parte trasera no necesita estar equipada con estos reflectores laterales. Los reflectores y los neumáticos reflectores deben ser de un tipo que cumpla con los requisitos establecidos por el departamento. (e) En lugar de la lámpara requerida por el párrafo (1), se puede usar una lámpara o una combinación de lámpara que emita una luz blanca, fijada al operador y visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los lados de la bicicleta. de subdivisión (d). (Modificado por Estadísticas. 2015, Capítulo 549, Sec. 2. En vigencia a partir del 1 de enero de 2016). (4) Un reflector blanco o amarillo en cada lado hacia adelante del centro de la bicicleta, y un reflector blanco o rojo en cada lado hacia la parte trasera del centro de la bicicleta, excepto las bicicletas que están equipadas con neumáticos reflectores en la parte delantera. y la parte trasera no necesita estar equipada con estos reflectores laterales. Los reflectores y los neumáticos reflectores deben ser de un tipo que cumpla con los requisitos establecidos por el departamento. (e) En lugar de la lámpara requerida por el párrafo (1), se puede usar una lámpara o una combinación de lámpara que emita una luz blanca, fijada al operador y visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los lados de la bicicleta. de subdivisión (d). (Modificado por Estadísticas. 2015, Capítulo 549, Sec. 2. En vigencia a partir del 1 de enero de 2016). (4) Un reflector blanco o amarillo en cada lado hacia adelante del centro de la bicicleta, y un reflector blanco o rojo en cada lado hacia la parte trasera del centro de la bicicleta, excepto las bicicletas que están equipadas con neumáticos reflectores en la parte delantera. y la parte trasera no necesita estar equipada con estos reflectores laterales. Los reflectores y los neumáticos reflectores deben ser de un tipo que cumpla con los requisitos establecidos por el departamento. (e) En lugar de la lámpara requerida por el párrafo (1), se puede usar una lámpara o una combinación de lámpara que emita una luz blanca, fijada al operador y visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los lados de la bicicleta. de subdivisión (d). (Modificado por Estadísticas. 2015, Capítulo 549, Sec. 2. En vigencia a partir del 1 de enero de 2016). y un reflector blanco o rojo en cada lado hacia la parte trasera del centro de la bicicleta, excepto que las bicicletas que están equipadas con neumáticos reflectores en la parte delantera y trasera no necesitan estar equipadas con estos reflectores laterales. Los reflectores y los neumáticos reflectores deben ser de un tipo que cumpla con los requisitos establecidos por el departamento. (e) En lugar de la lámpara requerida por el párrafo (1), se puede usar una lámpara o una combinación de lámpara que emita una luz blanca, fijada al operador y visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los lados de la bicicleta. de subdivisión (d). (Modificado por Estadísticas. 2015, Capítulo 549, Sec. 2. En vigencia a partir del 1 de enero de 2016). y un reflector blanco o rojo en cada lado hacia la parte trasera del centro de la bicicleta, excepto que las bicicletas que están equipadas con neumáticos reflectores en la parte delantera y trasera no necesitan estar equipadas con estos reflectores laterales. Los reflectores y los neumáticos reflectores deben ser de un tipo que cumpla con los requisitos establecidos por el departamento. (e) En lugar de la lámpara requerida por el párrafo (1), se puede usar una lámpara o una combinación de lámpara que emita una luz blanca, fijada al operador y visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los lados de la bicicleta. de subdivisión (d). (Modificado por Estadísticas. 2015, Capítulo 549, Sec. 2. En vigencia a partir del 1 de enero de 2016). Los reflectores y los neumáticos reflectores deben ser de un tipo que cumpla con los requisitos establecidos por el departamento. (e) En lugar de la lámpara requerida por el párrafo (1), se puede usar una lámpara o una combinación de lámpara que emita una luz blanca, fijada al operador y visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los lados de la bicicleta. de subdivisión (d). (Modificado por Estadísticas. 2015, Capítulo 549, Sec. 2. En vigencia a partir del 1 de enero de 2016). Los reflectores y los neumáticos reflectores deben ser de un tipo que cumpla con los requisitos establecidos por el departamento. (e) En lugar de la lámpara requerida por el párrafo (1), se puede usar una lámpara o una combinación de lámpara que emita una luz blanca, fijada al operador y visible desde una distancia de 300 pies al frente y desde los lados de la bicicleta. de subdivisión (d). (Modificado por Estadísticas. 2015, Capítulo 549, Sec. 2. En vigencia a partir del 1 de enero de 2016).

Se requieren faros después del anochecer. Lo interesante de esto es que el faro debe ser visible desde 300 pies (~ 100 metros) desde el frente y desde los lados. Muchas luces de bicicleta no tienen iluminación lateral, por lo que fallan el código.

La luz trasera puede ser un reflector rojo, una luz roja fija o una luz roja intermitente.

Y el código legal en realidad permite faros, lo cual es interesante.

Y totalmente fuera de tema, la primera cláusula es que "(a) Ninguna persona deberá operar una bicicleta en una carretera a menos que esté equipada con un freno que permita al operador hacer que una rueda con freno patine sobre pavimento seco, nivelado y limpio. " ¡lo que haría que los frenos antibloqueo de bicicletas sean ilegales! :-)


Para aclarar, ¿esto permite que un reflector rojo pasivo sea "la luz trasera"? Si es así, eso establece una barra baja.
Criggie

1
Sí, no hay necesidad de una luz en la parte trasera, un reflector trasero está bien.
RoboKaren

@Criggie: creo que es bastante estándar, en la ley de ciclismo de EE. UU., Que un reflector es todo lo que se requiere en la parte trasera. (Ya es bastante difícil hacer cumplir la regla de tener un faro delantero.)
Daniel R Hicks

2

Estados Unidos - Alabama - Iluminación nocturna y reflectores

http://alisondb.legislature.state.al.us/alison/CodeOfAlabama/1975/32-5A-265.htm

Sección 32-5A-265 Lámparas y otros equipos en bicicletas.

(a) Toda bicicleta que se use durante la noche estará equipada con una lámpara en la parte delantera que emitirá una luz blanca visible desde una distancia de al menos 500 pies hacia adelante y con un reflector rojo en la parte trasera de un tipo aprobado por el departamento que será visible desde todas las distancias desde 100 pies a 600 pies hacia atrás cuando esté directamente enfrente de los haces inferiores de faros delanteros legales en un vehículo motorizado. Se puede usar una lámpara que emite una luz roja visible desde una distancia de 500 pies hacia atrás además del reflector rojo.

(b) Cada bicicleta deberá estar equipada con un freno que permita al operador hacer que las ruedas frenadas patinen sobre pavimento seco, nivelado y limpio.

(Hechos 1980, No. 80-434, p. 604, §12-107.)


Otras secciones relacionadas con la bicicleta se encuentran en el Título 32, Capítulo 5A, principalmente en las Secciones 260-266 y 280-286: alisondb.legislature.state.al.us/alison/CodeOfAlabama/1975/…
compton

1
Tan interesante que hay el mismo lenguaje sobre el deslizamiento. ¿No se dan cuenta de que no todos los neumáticos de bicicleta se deslizarán fácilmente ni que el deslizamiento no siempre es deseable?
RoboKaren

@RoboKaren: nunca he montado una bicicleta con frenos que no puedan bloquear la rueda trasera con un frenado intenso, ya que el peso se transfiere al frente, lo que resulta en menos tracción en la parte trasera. Puede que no sea conveniente patinar hasta detenerse, pero es una prueba rápida y fácil demostrar que el freno trasero es capaz de proporcionar tanta fuerza de frenado como sea posible para una detención de la rueda trasera.
Johnny
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